julio 27, 2024

Elecciones del COSOC

En este apartado revisaremos un resumen de los aspectos más relevantes del proceso de elección de los dirigentes sociales que compondrán un nuevo COSOC, también llamado Consejo. Si necesita una revisión exhaustiva del proceso de elecciones se recomienda ver en el reglamento.

Votaciones COSOC

NORMAS GENERALES A SABER:

El COSOC es un órgano asesor y consultivo -no vinculante- para la Municipalidad con el fin de asegurar la participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

La integración, organización, competencias y funcionamiento del Consejo se regirá por: Las normas contenidas en la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y por el Reglamento interno del COSOC.

El consejo de la comuna de Hualqui estará integrado por 12 personas que representan: Organizaciones territoriales, funcionales, y de interés público. Todas sin fines de lucro cuya finalidad sea la promoción de interés general en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente, desarrollo económico, cultura, o cualquier otra de bien común que esté inscrita en el catastro de asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.

Todas las personas que compondrán el COSOC se denominarán consejeros, y permanecerán en sus cargos por cuatro años.

El consejo será presidido por el alcalde, acompañado por el secretario municipal como ministro de fe.

En ausencia del Alcalde presidirá el vicepresidente que elija el propio Consejo entre sus integrantes.

Requisitos:

Para ser elegido miembro del consejo se requerirá: Ser mayor de edad, ser Chileno o avecindado, no haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva, tener un año de afiliación a la organización que representa además de ser representante legal de la misma.

Proceso de elecciones:

Para convocar a elecciones de un nuevo Consejo, con treinta días de anticipación a la fecha de elecciones, la secretaría municipal publicará un listado con las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales con derecho a participar en el proceso electoral. Para la elaboración de este listado, dicha secretaría considerará las organizaciones que se encuentren vigentes en el registro municipal respectivo. Tanto la fecha, hora y lugar a realizar las elecciones, se deberán informar en el sitio electrónico institucional de la municipalidad, o en una radio con cobertura en toda la comuna, o en un periódico de circulación a lo menos del mismo alcance. Así mismo, se deberá informar en todas las dependencias municipales.

Votaciones COSOC